Juicio rápido por alcoholemia

¿Cuándo es delito una alcoholemia? El Código Penal establece que la persona que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor bajo los efectos de bebidas alcohólicas será castigado con:

            i) Pena de prisión de 3 a 6 meses; o

            ii) Multa de 6 a doce meses; o

            iii) Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

            Y, en todos los casos, se impone también la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

            Puede comprobarse que el juez puede imponer alternativamente la pena de prisión, la multa o los trabajos en beneficio de la comunidad, sumando también a la seleccionada la de privación del derecho a conducir.

            ¿Puedo perder el carnet de conducir si soy conductor profesional? Probablemente esta es la primera pregunta que se haga un profesional, de hecho es lo normal, cualquier persona quiere saber si va a poder seguir conduciendo pues, en muchos casos, es imprescindible para poder seguir trabajando, es su herramienta de trabajo. Nos referimos a taxistas, comerciales, transportistas, autónomos y muchas personas a las que la retirada del permiso de circulación les supone un grave quebranto.

            ¿Se puede fraccionar la retirada del carnet de conducir? Tras un juicio rápido por alcoholemia, un profesional se encuentra con que le han retirado el carnet de conducir. En esta situación, al no poder conducir, el profesional se queda sin ingresos. Ahora bien, aunque en la ley no está previsto el fraccionamiento, nada impide que un abogado especialista en delitos contra la seguridad vial solicite al juzgado este beneficio.

            ¿Qué hay que acreditar a la hora de solicitar el fraccionamiento? No cabe duda de que cada persona es un mundo, no es lo mismo un conductor profesional asalariado en una gran empresa que ante una eventual retirada del carnet de conducir pueda realizar otras tareas que un profesional autónomo, taxistas, transportistas, etc., que si pierden el carnet de conducir no pueden realizar otra labor. Por tanto, este segundo grupo tendrá más posibilidades de conseguir el fraccionamiento.

            Al hilo de lo manifestado, si la persona que ha sido privada del carnet de conducir tiene cargas familiares y es la única que tiene trabajo en el núcleo familiar no cabe duda que imposibilitarle trabajar va a generar un grave perjuicio económico a su familia, y un abogado debe poner en conocimiento del juzgado esta situación.

            Desde Guerra Bermúdez Abogados aconsejamos plasmar en un «planing» las operaciones con los días que por motivos laborales tenemos que conducir, para facilitarle al juez la determinación de los días en los que efectivamente se cumplirá la condena si así lo estima oportuno.

            Por todo ello, desde Guerra Bermúdez Abogados, como despacho especializado en Derecho Penal podemos asesorarle y acompañarle en cualquier situación que se le plantee en cualquier punto de España.

            Si tienes un juicio rápido por alcoholemia CONSÚLTENOS, y un abogado experto en Derecho Penal le atenderá en nuestras oficinas en Madrid. O bien llámenos al teléfono 91 308 86 41.