El año 2020 ha resultado ser un año aciago en el ámbito de la salud con graves repercusiones en el ámbito laboral, el Covid-19 apareció en nuestras vidas sin que en muchos aspectos fuéramos conscientes de las consecuencias que nos traería tanto a nivel sanitario como a nivel de sociedad.

Centrándonos en el ámbito laboral, el Covid-19 ha tenido graves consecuencias tanto para trabajadores como para empresas, sufriendo en gran medida las consecuencias las empresas pequeñas y los autónomos. Las primeras por su escasa capacidad para poder reaccionar y mantener los puestos de trabajo y los segundos por ser uno de los eslabones más débiles en el tejido empresarial en nuestro país.

Medidas adoptadas

Desde un primer momento, tanto por parte del gobierno central como de los autonómicos, se aprobaron una serie de medidas de carácter civil, mercantil, fiscal y laboral con el fin de atenuar las consecuencias negativas que ha traído la crisis sanitaria.

Esbozando las medidas de carácter civil aprobadas, podemos mencionar entre otras las relacionadas con la moratoria a las deudas hipotecarias u otro tipo de deudas, con los desahucios, o con los arrendamientos tanto de viviendas como de locales para autónomos y pymes, así como otro tipo de medidas que iremos desarrollando en diferentes artículos.

Desde un punto de vista mercantil, las medidas que se aprobaron están relacionadas con el derecho societario y para las empresas en concurso de acreedores, medidas en relación con los consumidores y con el sector turístico, así como, medidas de carácter concursal.

Hablando de medidas de carácter fiscal, podemos nombrar la suspensión de plazos tributarios así como el aplazamiento del pago de las deudas tributarias y diferentes medidas fiscales, tributarias y financieras aprobadas en los Reales Decretos-ley 11/2020 de 31 de marzo, el 15/2020 de 21 de abril y el 19/2020 del 26 de mayo.

Medidas aprobadas en el entorno laboral

Si nos centramos en el aspecto laboral, se aprobaron Real Decretos-ley con el fin de facilitar los ERTES tanto por fuerza mayor como los parciales por el Covid-19, se aprobaron prestaciones por el cese de actividad para autónomos, facilidades para la adaptación de la jornada y para la reducción de la jornada de los trabajadores en determinadas circunstancias, aprobación de la adaptación del periodo de baja por Covid-19, con carácter excepcional, a situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, para aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus COVID-19, aprobación de la protección a los trabajadores fijos discontinuos, otros de los aspectos fundamentales ha sido el favorecimiento del teletrabajo o trabajo a distancia, así como la exoneración y aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social todo ello relacionada con el Covid-19.

En nuestro despacho, en este momento, queremos ir un paso más allá y queremos explorar un asesoramiento integral que permita tanto a personas físicas como jurídicas capear el temporal que ha supuesto el COVID 19.

CONTACTO



Nos encontramos ante un asunto de una considerable magnitud y en este artículo hemos realizado un bosquejo que nos facilite una primera aproximación a este tema. No obstante, el equipo de abogados de Guerra Bermúdez Abogados estamos a su disposición para solucionar tanto las cuestiones laborales relacionadas con el Covid-19 como las no relacionadas con el mismo y que son el día a día del ámbito laboral.