criptomonedas

Como cuestión preliminar estimo oportuno preguntarnos ¿qué es una criptomoneda? Una criptomoneda es una moneda virtual, que normalmente utilizan una red descentralizada para ejecutar transacciones.

          La criptomoneda acaba de llegar a nuestras vidas, no obstante, una parte importante de la población desconoce qué es una criptomoneda, cuáles son sus riesgos y para qué sirven. Por otra parte, las personas que las conocen, o creen conocerlas, a menudo se lanzan a una especie de ludopatía bursátil adquiriendo criptomonedas para su cartera sin ser verdaderamente conscientes de los peligros que conlleva esta práctica.

          En el marco de lo manifestado en el párrafo precedente preguntémonos: ¿qué valor tiene una determinada criptomoneda? Desde mi punto de vista, realizar una valoración resulta muy difícil, no hay herramientas o métodos de cálculo como sucede con las sociedades cotizadas, de hecho, vista la volatilidad que han sufrido determinadas criptomonedas, se trata tan solo de expectativas.

          ¿Es arriesgado invertir en criptomonedas? Para contestar a esta pregunta tengo que acudir al recurso del socorrido «depende», así es, invertir en criptomonedas va a depender del momento en el que realicemos nuestra inversión, debemos considerar y  prestar atención a que fuertes subidas han llevado aparejados considerables desplomes.

          ¿Puedo pagar la factura de la luz con criptomonedas? Vaya por delante que no conozco a nadie que haya pagado la factura de la luz o cualquier otra factura con criptomonedas. A quien sí conozco es a personas que han intentado especular con este producto y han perdido parte de su inversión.

¿Están reguladas las criptomonedas? Cuando las personas disfrutamos de seguridad jurídica, con gobiernos eficientes, un buen marco regulador de protección al consumidor, una asentada política económica y garantías institucionales como el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito el planteamiento anónimo e imposible de rastrear de las criptomonedas tiene poco que ofrecer.

          Creo oportuno hacer una mención a la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo en cuyo artículo 1.5 se establece que:

  «Se entenderá por moneda virtual aquella representación digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central o autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda legalmente establecida y que no posee estatuto jurídico de moneda o dinero, pero que es aceptada como medio de cambio y puede ser transferida, almacenada o negociada electrónicamente».

          Pero entonces ¿es dinero una criptomoneda? En mi opinión, desde un punto de vista teórico y legal, las criptomonedas no son dinero. El dinero cumple tres funciones: en primer lugar es un medio de cambio porque es intercambiable por otros bienes y servicios, en segundo, es una unidad de cuenta porque determina el precio de cualquier bien en función de una cantidad de dinero y, en tercer lugar, es un depósito de valor porque podemos ahorrar dinero para conservar riqueza. En conclusión:

          i) las criptomonedas no se aceptan universalmente como unidad de cuenta y medio de pago;

          ii) tienen un precio en dólares de Estados Unidos u otras monedas fiduciarias;

          iii)no son comprensibles y no están al alcance de todos;

          iv) no son fáciles de utilizar;

          v) para ser calificada como dinero debe ser reconocida por los Estados, lo que a su vez permitiría pagar nuestras obligaciones con este medio.

          Guerra Bermúdez Abogados, es un bufete de abogados que cuenta con profesionales con experiencia contrastada en diferentes ramas del derecho, capaces de ofrecer respuesta a los distintos problemas jurídicos que le puedan surgir.

    CONSÚLTENOS, y un abogado experto en Derecho Penal le atenderá en nuestras oficinas en Madrid. O bien llámenos al teléfono 91 308 86 41.