DERECHO PENAL

Abogados en delitos contra la vida

Nuestros abogados penalistas, especializados en Derecho Penal, de confianza, le podrán ofrecer nuestros servicios profesionales en la defensa en delitos relacionados contra la vida.

¿Está usted implicado en
un delito relacionado contra la vida?

Las personas tenemos derecho a la vida y a nuestra integridad física y moral. Nuestro Código Penal tipifica el homicidio, el asesinato, las lesiones o los malos tratos.

En Guerra Bermúdez Abogados usted encontrará abogados expertos en resolución de conflictos o problemas que le pueda surgir por delitos contra las personas

¿Está usted implicado en un delito relacionado contra la vida?

Las personas tenemos derecho a la vida y a nuestra integridad física y moral. Nuestro Código Penal tipifica el homicidio, el asesinato, las lesiones o los malos tratos.

En Guerra Bermúdez Abogados usted encontrará abogados expertos en resolución de conflictos o problemas que le pueda surgir por delitos contra las personas.

¿Necesita un abogado para un delito relacionado contra la vida?

Recuerde que el despacho de Guerra Bermúdez Abogados pone a su disposición expertos abogados penalistas que le asesorarán en cualquier cuestión relacionada en el ámbito de Derecho Penal. Si busca un abogado para delitos contra la vida, somos su mejor opción.

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ABOGADOS EN DELITOS CONTRA LA VIDA

PREGUNTAS FRECUENTES

Hay homicidio cuando una persona causa la muerte a otra. Si el homicida tiene la intención de matar, nos encontramos con el homicidio u homicidio doloso. En cambio, si la muerte se produce como consecuencia de una imprudencia, como ocurre con los accidentes de tráfico, se trata de un homicidio imprudente o culposo.

Hay homicidio imprudente cuando se causa la muerte a una persona sin que exista dolo pero sí culpa o imprudencia, es decir, no se pretendía acabar con la vida de la víctima aunque ese, por desgracia, acabará siendo el resultado.

El homicidio conlleva una pena de hasta cuatro años si es imprudente, (artículo 142.1 Código Penal) aumentando hasta 15 si ha sido intencional o doloso. El apartado de penas con las que se castiga el homicidio es muy amplio, encontrándonos que el homicidio imprudente está castigado con penas de entre 1 y 4 años y para cuando es un homicidio doloso, va desde los 10 hasta los 15 años de prisión.

El asesinato es la forma más grave de matar. Se considera asesinato siempre que el homicidio se hubiese cometido concurriendo alguna de las siguientes causas:

  • Con alevosía. El fundamento de la alevosía estriba en el empleo de medios, formas o modos que tiendan al aseguramiento de la ejecución del delito esquivando los riesgos que pudieran derivarse de la defensa de la víctima.
  • Por precio, recompensa o promesa. El fundamento de realizar la acción por precio, recompensa o promesa radica en el mayor reproche de la conducta, particularmente, en el ánimo de lucro (obtención de dinero) que inspira la conducta.
  • Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.
  • Matar para facilitar la comisión de otro delito.
  • Matar para evitar que se descubra un delito.

El artículo 139 Código Penal nos indica una pena de prisión de de quince a veinticinco años. No obstante, la pena puede ser superior, hasta prisión permanente revisable, si se dan algunos requisitos.

El problema más difícil para los jueces cuando deben juzgar la muerte de una persona es distinguir cuándo nos encontramos ante una imprudencia, un homicidio intencional o un asesinato.

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