DERECHO PENAL ECONÓMICO

Abogados en delitos contra la propiedad intelectual e industrial y violación de secretos de empresa

Se encuentran regulados en el Capítulo XI del Título XIII del Código Penal: delitos relativos a la propiedad intelectual (Sección Primera), delitos relativos a la propiedad industrial (Sección Segunda).

¿Necesita un abogado para
un delito contra la
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Y LA VIOLACIÓN DE SECRETOS DE EMPRESA?

Para encarar una causa por un delito contra la propiedad intelectual e industrial, ya sea víctima o responsable del delito, es fundamental contar con el asesoramiento de abogados penalistas expertos en la materia. De igual modo, si necesita ayuda en un procedimiento por un delito de violación de secretos empresariales (por la difusión, revelación o cesión de dichos secretos por parte de aquella persona que tenía obligación legal o contractual de guardar reserva), en el bufete de Guerra Bermúdez Abogados, podemos ayudarle.

¿Necesita un abogado para un delito contra laPROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y LA VIOLACIÓN DE SECRETOS DE EMPRESA?

Para encarar una causa por un delito contra la propiedad intelectual e industrial, ya sea víctima o responsable del delito, es fundamental contar con el asesoramiento de abogados penalistas expertos en la materia. De igual modo, si necesita ayuda en un procedimiento por un delito de violación de secretos empresariales (por la difusión, revelación o cesión de dichos secretos por parte de aquella persona que tenía obligación legal o contractual de guardar reserva), en el bufete de Guerra Bermúdez Abogados, podemos ayudarle.

DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y VIOLACIÓN DE SECRETOS DE EMPRESA

El bien jurídico

El análisis de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial y la violación de secretos de empresa precisa, como cuestión previa, fijar el bien jurídico que se desea proteger con su previsión, y a decidir si nos encontramos ante delitos patrimoniales o socioeconómicos.

Los delitos contra la propiedad intelectual se encuentran regulados en el Capítulo XI del Título XIII del Código Penal: (Sección Primera). El bien jurídico protegido hay que enfocarlo en la vertiente patrimonial del contenido de este derecho.

PREGUNTAS FRECUENTES

El bien jurídico protegido en los delitos contra la propiedad industrial lo constituye el derecho exclusivo de propiedad industrial en todas sus manifestaciones.

Es el conjunto de derechos exclusivos que tutelan tanto la actividad innovadora manifestada en nuevos productos, procedimientos o diseños, como la actividad mercantil, mediante la identificación en exclusiva de productos y servicios ofrecidos en el tráfico del mercado.

El delito se comete cuando se lleva a cabo la específica conducta típica, es decir, el que, sin el consentimiento del titular de una patente o modelo de utilidad, conociendo el estado como registrado del derecho vulnerado y con una finalidad industrial o comercial, fabrique, importe, posea, utilice, ofrezca o introduzca en el comercio objetos amparados por dichos derechos.

La acción típica del delito contra la propiedad intelectual consiste en reproducir, plagiar, distribuir, comunicar públicamente o de cualquier modo explotar económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la debida autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

En otras palabras, las conductas serían castigadas únicamente cuando se cometan dolosamente, esto es, a sabiendas o intencionalmente, con conocimiento y voluntad de realizar la acción y resto de los elementos del delito. El dolo concreto se corresponde con el «ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto» añadiendo a continuación «y en perjuicio de tercero».

La propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley, tal como se establece en el artículo 2 del TRLPI. Es decir, la protección dispensada en la Ley de Propiedad Intelectual gira más en la protección moral o personal del derecho.

La regulación del Código Penal, confiere a la protección dispensada un marcado carácter patrimonial. Este carácter patrimonial se refleja en la ubicación dispensada a los mismos dentro del Título dedicado a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, así como por la exigencia de ánimo de obtener un beneficio económico en perjuicio de tercero y la especial trascendencia económica del beneficio obtenido, o a la gravedad del daño sufrido.

El delito contra la propiedad intelectual lo puede cometer cualquier persona. Al cometerse la acción con ánimo de obtener un beneficio económico ya sea directo o indirecto así como en perjuicio de tercero es una acción dolosa.

La pena será de seis meses a cuatro años de prisión y multa de doce a veinticuatro meses.

No obstante también existe un tipo agravado que contempla penas de prisión de dos a seis años, multa de 18 a 36 meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el delito cometido cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i) El beneficio obtenido o que se hubiera podido obtener posee especial trascendencia económica.
ii) Los hechos revisten especial gravedad, atendiendo al valor de los objetos producidos ilícitamente, distribuidos, comercializados u ofrecidos, o a la especial importancia de los perjuicios ocasionados.
iii) El culpable pertenece a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviese por finalidad la realización de actividades infractoras de derechos de propiedad industrial.
iv) Se han empleado a menores de 18 años para cometer los delitos.

Sí, los administradores de páginas web de enlaces podrían ir a la cárcel. Es más, la pena podría ser de hasta seis años.

¿Necesita un abogado para un delito contra la propiedad intelectual e industrial o por un delito de violación de secretos de empresa?

Recuerde que el despacho de Guerra Bermúdez Abogados pone a su disposición expertos abogados penalistas que le podrán asesorar y ayudar en los diferentes casos de delito que existen contra la propiedad intelectual e industrial y por violación de secretos de empresa. Le ofrecemos las mejores garantías para la defensa de sus intereses.

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