Abogados especialistas en blanqueo de capitales

El blanqueo de capitales es el conjunto de operaciones en el que se integra en el sistema económico dinero proveniente de una actividad delictiva y, además, se oculta dicha procedencia.

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ABOGADO PENALISTA BLANQUEO DE CAPITALES

QUÉ DEBES SABER SOBRE EL BLANQUEO DE CAPITALES

Este delito sanciona la ocultación de la procedencia ilícita de ese dinero que se ha obtenido de forma ilegal mediante el delito de tráfico de drogas o de armas, para la financiación del terrorismo, etc.

Todo esto incluye desde la adquisición, posesión o trasmisión de dichos capitales, hasta cualquier acto para encubrir el origen de los mismos y ayudar a eludir las posibles consecuencias legales del lavado de dinero en el orden socieconómico.

El delito de blanqueo de capitales está regulado en el Código Penal, en su artículo 298 y siguientes. Es un delito contra el patrimonio y el orden socioeconómico y puede ocasionar varios años de prisión. En 2015, en una reforma, se añadió a este artículo, una nueva pena en relación a las personas físicas o personas jurídicas que ayuden a ocultar este delito con conocimiento.

Las modalidades de delito de blanqueo de capitales se suelen agrupar así:

  1. Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes sabiendo que tienen su origen en un delito grave.
  2. Realizar cualquier otro acto para ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes.
  3. Realizar cualquier otro acto para ayudar a la persona que ha participado en la infracción para eludir sus consecuencias legales.
  4. Ocultar o encubrir la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o su propiedad, a sabiendas de que proceden de un delito grave.

Dentro del delito de blanqueo de capitales, existen modalidades agravadas. Esto quiere decir que se consideran más graves que la modalidad básica y, consecuentemente, su pena será mayor. Algunos ejemplos pueden ser: si el culpable pertenece a una organización criminal delictiva o si los bienes proceden de un delito relacionado con el tráfico de drogas.

Aunque el delito del que provengan los bienes se haya cometido total o parcialmente en el extranjero, el blanqueo se puede castigar en España.

Además, es importante saber que no es necesario que se haya condenado el delito por el cual se ha hecho el blanqueo de dinero.

Ya que el blanqueo de capitales, en ocasiones, es difícil de demostrar, los Jueces han elaborado un listado de circunstancias que, de darse, suelen revelar que se ha blanqueado dinero:

  1. Si la cantidad de dinero es importante.
  2. Si el sujeto está vinculado con actividades ilícitas, o grupos o personas relacionadas con ellas.
  3. Si el patrimonio del sujeto ha aumentado de manera inusual o desproporcionada.
  4. Si el sujeto acostumbra a llevar a cabo operaciones económicas con cantidades en metálico.
  5. Si no hay una justificación lícita para esas operaciones económicas.
  6. Si el sujeto da explicaciones débiles sobre el origen lícito del capital, o ese aumento desproporcionado del patrimonio.
  7. Si el sujeto se esconde tras sociedades “pantalla” o entramados financieros que no se apoyen en actividades económicas lícitas.

Respecto a las penas privativas de libertad, existen tres tipos de penas por este delito.

  • Tipo básico: Prisión de seis meses a seis años y multa.
  • Modalidad agravada: Prisión de tres años y tres meses a seis años y multa.
  • Imprudencia grave: Pena de prisión de seis meses a dos años y multa.

La multa del delito de blanqueo de capitales dependerá del tipo. Si quiere más información puede consultar nuestro post de expertos abogados en blanqueo de capitales.

Guerra Bermúdez, abogados expertos en los delitos de
blanqueo de capitales

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